La quinta sección del Tribunal Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, emitió una sentencia basada en la culpa, por la cual Fedy RM sentenció a 15 años de prisión, como autor del asesinato de un hombre con el que vivía en una casa de Okupa en la ciudad de Olivic.
En su sentencia, la cámara indica que el jurado creía que demostró por unanimidad que el acusado atacó a la víctima con un cuchillo que llevó dentro de la propiedad y lo golpeó cuatro veces con la intención de terminar su vida. Además, agrega que «dado el estado profundo de la embriaguez de la víctima y el ataque inesperado, no tenía ninguna posibilidad de rechazar la agresión».
La resolución también establece que el tribunal popular ha considerado estos actos acreditados sobre la base de los datos de ubicación de los teléfonos móviles, las imágenes de las cámaras, las pruebas de ADN del cuchillo y la sangre del difunto en la ropa y las manos del acusado, que «en ningún momento no ofrece una explicación creíble, sino una serie que podría explicarlo».
Además, el jurado ha entendido por unanimidad que Fredy RM tiene la intención de poner fin a la vida, la víctima, «participando en la naturaleza del instrumento utilizado, en las áreas del cuerpo de la víctima, donde dirigió el ataque, a la cantidad de puñaladas y la intensidad con la que perforó su corazón».
La víctima estaba en un estado de embriaguez, y el ataque fue inesperado, porque «no hubo heridas que pudieran ser causadas por un acto de defensa». Por lo tanto, concluye que no pudo prever la prisa o podría defenderlo, porque no existe «la posibilidad de una resistencia mínimamente eficiente o una defensa real que pueda provenir de la misma víctima», de modo que la alevosa agravante que califica el crimen.
Después del juicio, organizado hace dos semanas, la opinión del veredicto, el fiscal mantuvo su solicitud durante 20 años de prisión para el acusado, mientras que la defensa (que solicitó el pago gratuito o, alternativa, una sentencia por homicidio), solicitó la sentencia mínima para este caso, 15 años en prisión.
Finalmente, la audiencia ha establecido la sentencia en esos 15 años, aunque la sentencia no es firme, y la apelación puede comparecer ante el tribunal superior en Xustuza de Galicia (TSXG).
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